Carga peligrosa

APM Terminals Panamá presenta las siguientes directrices y restricciones para el manejo de mercancía peligrosa clasificada bajo el código IMO en el Puerto de Balboa, con el fin de garantizar operaciones seguras y conformes a la normativa.

Estos procedimientos siguen los estándares establecidos en el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) de la OMI, el cual regula el transporte y manejo seguro de materiales peligrosos.

IMO clases 1.1, 1.2 y 1.3

Las mercancías clasificadas como IMO clases 1.1, 1.2 y 1.3 están sujetas a las siguientes restricciones:

  1. Las operaciones locales de carga y descarga están permitidas únicamente si se trata del primer movimiento de la operación y la mercancía es retirada inmediatamente del área portuaria.
  2. Las mercancías peligrosas en tránsito están permitidas únicamente si el contenedor permanece en la bodega del buque, donde no se realizan operaciones.

Para las IMO clases 1.1, 1.2 y 1.3, la línea naviera debe recibir aprobación previa del Departamento Comercial en la sección de Servicio al Cliente. Por favor notifique la llegada de este tipo de mercancía al puerto y sus alrededores con 48 horas de anticipación escribiendo a CustomerService@APMTerminalsBalboa.com.

IMO clase 6.2

La carga IMO clase 6.2 no es aceptada bajo ninguna circunstancia.

IMO clase 7

La carga IMO clase 7 se acepta únicamente en tránsito, siempre que permanezca en la bodega de la nave donde no se realicen operaciones.

Consideraciones

Todas las unidades que contengan mercancía peligrosa deben portar las etiquetas correspondientes, independientemente de su categoría. Las unidades que lleguen sin el etiquetado adecuado serán etiquetadas por el terminal, y esta operación será facturada a la línea propietaria del contenedor.

Por favor proporcione los motivos para solicitar la remoción de cualquier etiqueta de mercancía peligrosa, cuando corresponda. Los contenedores que presenten una etiqueta de mercancía peligrosa serán manejados conforme a dicho etiquetado, independientemente de la carga real que contengan.

Como parte de nuestros procedimientos especiales de manejo de carga peligrosa, se requieren las siguientes notificaciones:

  1. La línea naviera debe reportar, 24 horas antes de la llegada del buque, la cantidad de carga peligrosa que llegará para descarga o carga.
  2. La línea naviera debe presentar el Manifiesto de Carga Peligrosa (DG Manifest) para cada contenedor programado para descarga dentro de las 24 horas previas al inicio de operaciones del buque.
  3. La carga peligrosa puede permanecer en el terminal por un máximo de 7 días.

Esta información debe enviarse a Planning@APMTerminalsBalboa.com y HSE@APMTerminalsBalboa.com.

La línea naviera propietaria del contenedor es responsable de todos los cargos aplicables en caso de una contingencia dentro del terminal. Debe proporcionar toda la información solicitada para el manejo de la carga y coordinar la limpieza y los traslados si fuese necesario.

Clasificaciones y restricciones de carga IMO

      Aceptado
   Aceptado con restricciones
      No aceptado 

Código de IDMG Clase de IMDG Carga / Descarga En tránsito Transbordo
 1.1 Riesgo de explosión en masa
 1.2 Riesgo de proyección
 1.3 Riesgo de incendio
 1.4 Riesgo menor de explosión
 1.5 Explosivos muy insensibles
 1.6 Artículos extremadamente insensibles
 2.1 Gases inflamables
 2.2 Gases no inflamables y no tóxicos
 2.3 Gases tóxicos
 3 Líquidos inflamables
 4.1 Sólidos inflamables
 4.2 Combustión espontánea
 4.3  Peligrosas con agua
 5.1  Sustancias comburentes
 5.2 Peróxidos orgánicos
 6.1 Sustancias tóxicas
 6.2 Sustancias infecciosas
 7 Material radiactivo
 8 Sustancias corrosivas
 9 Sustancias peligrosas varias