TRANSMISION DE DESCARGA DE MERCANCIAS A SUNAT COMUNICADO A CLIENTES

Con el fin de prevenir contingencias operativas y asegurar la correcta y oportuna transmisión de la Descarga de Mercancías (DM) ante la SUNAT por parte de nuestro terminal portuario, solicitamos su apoyo para verificar que la información declarada en la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) sea correcta, completa y plenamente concordante.

Es importante considerar que la transmisión de la Descarga de Mercancías puede verse afectada o interrumpida cuando se presentan inconsistencias o desalineamientos en la información declarada en la DAM, lo que puede requerir coordinaciones adicionales o reprocesos. Entre las principales casuísticas identificadas se encuentran, de manera referencial y no limitativas, las siguientes:

  • Desalineamiento entre el RUC del consignatario declarado en la DAM y el RUC del receptor de carga informado al puerto por el agente marítimo, derivado del direccionamiento proporcionado por el importador.

     

  • Falta de asociación previa de los datos del manifiesto (BL / Manifiesto) con la DAM (datado) a cargo del agente de aduana.

     

  • Precisar que la información rectificada en la DAM con relación a los datos del manifiesto (BL/Manifiesto/Contenedor, etc) estén correctamente actualizados en la consulta del levante de la DAM, la cual podrán verificar en la pestaña “Datos de Manifiesto” del Portal de la SUNAT.

     

  • Inconsistencias en los datos del BL, manifiesto y/o consignatario declarado en la DAM. En particular, se recuerda que debe existir una correspondencia exacta entre el número de BL consignado en el manifiesto y el registrado en la DAM.
  • Observaciones al RUC del receptor de carga, tales como incorrecto, revocado o no opera como depósito temporal o aduanero, según corresponda, entre otros.
  • Desalineamientos entre la información declarada en el Manifiesto de Carga y la registrada en los sistemas operativos de APM Terminals Callao.
  • Omisión del registro previo en los sistemas de APM Terminals Callao del código de depósito extraportuario o aduanero dispuesto en la DAM.
  • Se les recomienda revisar con sus Agentes Marítimos y Agentes de Carga Internacional la correcta numeración del BL de acuerdo a lo informado por SUNAT mediante el comunicado publicado el 05/02/2026 https://www.sunat.gob.pe/operatividadaduanera/novedades/aduanas/comunicados/2026/febrero/co050226.pdf.

Solicitamos su colaboración para revisar y declarar correctamente esta información de manera previa al inicio de las operaciones, con el fin de prevenir rechazos en la transmisión de la Descarga de Mercancías, así como eventuales multas, recargos o impactos en la continuidad operativa.

Agradecemos su habitual colaboración y quedamos atentos para absolver cualquier consulta o brindar el soporte necesario a través de contenedores.clientes@apmterminals.com  / cargageneral.clientes@apmterminals.com